SOY MAYOR DE EDAD. MIS PADRES SE DIVORCIAN DE MUTUO ACUERDO. ¿TENGO QUE IR AL JUZGADO? SI
El CONSENTIMIENTO DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD EN EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO.
La Ley 15/2015 de 2 de julio de la Jurisdicción Voluntaria modificó los arts. 82 y 87 del Código Civil y estableció que:
- “Igualmente los hijos mayores o menores emancipados deberán otorgar el consentimiento ante el Secretario judicial o Notario respecto de las medidas que les afecten por carecer de ingresos propios y convivir en el domicilio familiar”.
Esta modificación supone que un chico o chica a partir de los 18 años se ve obligado a ir al Juzgado porque sus padres se divorcian de mutuo acuerdo, siempre que viva con sus padres y no tenga ingresos propios.
Una funcionaria le mostrará el Convenio Regulador (documento suscrito por padre y madre) y le preguntará si está conforme en la manera en que sus padres han acordado pagar sus gastos y su formación.
En este año y medio he acompañado a varios chicos y chicas al Juzgado y les he tenido que explicar lo que van a hacer. No lo entienden. Yo tampoco.
No quieren saber los acuerdos a los que han llegado sus padres para pagarles la universidad, el master o la comida. Es una cuestión de adultos.
Se ven involucrados en el divorcio de sus padres, se les muestra el documento que han firmado, se ponen nerviosos y además si dicen que no están de acuerdo el convenio que han firmado sus padres no se aprueba:
- Con esta reforma si no prestan el consentimiento a lo que han acordado sus progenitores el procedimiento se archiva y sus padres no pueden divorciarse y tienen que acudir a un procedimiento contencioso.
Padre y madre, casados, separados o divorciados, establecemos la manera en cómo vamos a pagar la formación, la alimentación, la vivienda de nuestros hijos, sean mayores de edad o menores de edad. El “sistema” que establecemos es el que va acorde con nuestras economías, con los acuerdos internos entre los progenitores.
Si uno paga el 20 % y el otro el 80 %, si uno se encarga de la intendencia y el otro de trabajar…. Son acuerdos de adultos, acuerdos que afectan a padre y madre. Si los progenitores no acordaran algún extremo importante para los hijos comunes estamos los abogados o el juez para indicarles que es importante pactarlo.
Un chico o chica que tiene que prestar su consentimiento a lo que han acordado sus padres se le otorga un poder de decisión sobre una materia que no conoce. Se le “obliga” a tener que decidir sobre materias que no le tocan.
Lo importante es que todos los hijos e hijas menores o mayores de edad tengan sus necesidades cubiertas, su formación académica o universitaria pagada, su alimentación asegurada y para eso padre y madre se ponen de acuerdo en cuál es la mejor forma de hacerlo.